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En un entorno empresarial cada vez más regulado y globalizado, la creación de una cultura de cumplimiento normativo y ética es fundamental para prevenir delitos como el lavado de dinero (LD), la financiación de terrorismo (FT), el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (FPADM), la corrupción, entre otros, al interior de las organizaciones; las cuales se ven enfrentadas a un entorno empresarial dinámico que enfrenta desafíos normativos cada vez más complejos.
El contexto político no solo ejerce influencia sobre quienes ocupan cargos públicos, sino también sobre un segmento menos visible pero igualmente importante de la sociedad: las personas expuestas políticamente. Este término abarca a individuos cuyas vidas están vinculadas al ámbito político debido a sus relaciones personales, laborales o familiares con figuras públicas o instituciones gubernamentales.
La Ley 32054 de Perú introduce cambios importantes en dos pilares legislativos clave de este país. En primer lugar, modifica el artículo 105 del Código Penal, excluyendo a los partidos políticos de ciertas sanciones que se aplican a las personas jurídicas. Específicamente, la ley estipula que las medidas sancionadoras no serán obviadas por cambios en la razón social, la personería jurídica o la reorganización societaria, con una notable excepción para los partidos políticos.
El Oficial de Cumplimiento (OC) desempeña un papel esencial en cualquier organización al asegurar el cumplimiento de normativas y la integridad empresarial. De esta manera, su función abarca desde establecer una comunicación efectiva en todos los niveles de la empresa, hasta liderar estratégicamente la implementación de programas de cumplimiento.

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Las empresas deben adoptar el Programa de Transparencia y Ética Empresarial a más tardar el 31 de mayo del año siguiente al cumplimiento de los requisitos establecidos. Además, esta obligación se mantiene por hasta tres años después de que la empresa haya dejado de cumplir con dichos requisitos. Por su parte, las compañías obligadas deben informar a la Superintendencia de Sociedades sobre su condición de entidad obligada dentro de los 15 días hábiles posteriores al vencimiento de este plazo.
Según lo establecido en el Capítulo X de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades, las empresas vigiladas deben cumplir con las 40 recomendaciones del GAFI e implementar programas que incluyan políticas y procedimientos contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo. Entre estas recomendaciones, las 18 y 22 destacan la importancia de contar con un oficial de cumplimiento encargado de diseñar, gestionar y supervisar los sistemas de gestión de riesgo como el SAGRILAFT.

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